La justicia admite una grabación con cámara oculta como prueba en una empresa.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña admite la grabación de una cámara oculta como prueba para el despido de un trabajador por bono de material.

La cámara fue colocada sin el conocimiento de los trabajadores ni del Comité de empresa.

Se grabó al trabajador sustrayendo material de forma reiterada.

La empresa justifico que tiene los carteles de aviso de videovigilancia en los accesos.

La doctrina del Tribunal Europeo de Derechos Humanos avala el uso de videovigilancia no notificada en casos de sospecha razonable de conductas delictivas si se demuestra proporcionalidad y necesidad.

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